Serán presentados por la Mesa de Partes virtual de la Municipalidad Distrital de Surquillo, las solicitudes de peticiones de gracia regulado en el artículo 123° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; consultas, solicitudes de información, formulación de denuncias, quejas por defecto de tramitación, y otras solicitudes que por norma expresa se autorice. Por el momento, no serán presentados por la Mesa de Partes Virtual, los procedimientos que se encuentren establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, que requiera un pago por derecho a trámite, así como, aquellos procedimientos sujetos a la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
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